Sunday, March 25, 2007


NUESTRA RESPUESTA A LA VIOLENCIA:

Si bien la violencia, desde el punto de vista de la psicología, es intrínseca al ser humano, relacionándose directamente con la frustración, también es cierto que los modelos que ofrece una sociedad pueden potenciarla o inhibirla. Sabemos también que los modelos se incorporan a través de las acciones, de las experiencias vividas.
Una sociedad violentada por la impunidad, la corrupción, y la negación de justicia, solo puede ser generadora de violencia.
Uno de los grandes pensadores del siglo XX sostenía: “ que el paso cultural decisivo era la sustitución del poder del individuo, por el de la comunidad, y que el siguiente requisito es la justicia, o sea la seguridad de que el orden jurídico ya establecido no se quebrantara para favorecer a un individuo” ( S. Freud).
Un Estado que permite que unos pocos acumulen riquezas incalculables, mientras las grandes mayorías se sumergen en la pobreza y en la indigencia; que mientras sus funcionarios hablan de derechos ciudadanos, someten al pueblo al yugo del clientelismo y la manipulación, no puede mas que generar frustración, incertidumbre y desamparo. Un Estado que no puede garantizar que el orden jurídico no se quebrará en beneficio de pocos, no puede mas que generar violencia.
Ante la depredación y la conflictividad que promueve la violencia proponemos la “ Agenda de la Paz”. Convencidos que el viejo orden de violencia debe ser reemplazado por su contracara: un nuevo orden fundado en la justicia y la paz. En este sentido impulsamos una agenda de debate con propuestas concretas, que reparen desde lo profundo el tejido social dañado, restituyendo derechos elementales, como forma de restablecer la paz en la ciudadanía a través de la inclusión social.

Saturday, March 24, 2007

Ni la Policía ni el Municipio hacen cumplir la Ley.

En el distrito de San Miguel, parece que la normativa provincial tuviera carácter optativo, ya que ni el Municipio ni la Policía actúan como autoridades de comprobación, de las infracciones previstas en las leyes que regulan el consumo y venta de alcohol en el territorio provincial.

Legislación que da cuenta de la importancia del fenómeno del alcoholismo en particular en los mas jóvenes. Fenómeno que se ha convertido en los últimos años en una epidemia con consecuencias sociales e individuales de gran envergadura. Pero parece que este tema en nuestro distrito solo es motivo de discursos y no de practicas que tengan correlato con el mandato establecido por la Ley. Mandato que si no es cumplido puede ser sancionado con las penas que le corresponden a los funcionarios públicos que no cumplen con su deber.

Pero para que la Ley se cumpla, en particular en cuestiones tan graves como las que aquí tratamos, pues como ya sabemos el alcoholismo puede ser la antesala para el consumo de sustancias psicoactivas con mayor poder adictivo, es necesario el compromiso de la comunidad, de sus organizaciones y de la dirigencia política, social, gremial y religiosa.

La normativa vigente, en el tema que nos compete, se compone básicamente de las leyes 11.748 (actualizada por las leyes 12.432, 12.547 y 12.590) que regula la prohibición de la venta y expendio de bebidas con graduación alcohólica a menores de edad y; la ley 11.825 que regula la venta y expendio de alcohol respecto de los restantes sujetos pasivos.

A continuación se resumen las principales prescripciones de estas leyes:LEY N° 11.748/96 (texto actualizado). Prohibe de forma absoluta, en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, la venta, expendio o suministro a cualquier título de bebidas alcohólicas a menores de 18 años de edad así como, la instalación de máquinas expendedoras de las mismas en lugares donde estos tengan acceso irrestricto.

Asimismo, prohibe el consumo de bebidas alcohólicas por parte de menores de dieciocho (18) años de edad en cualquier local, comercio o establecimiento, aún cuando ellas no procedieren de venta, expendio o suministro efectuado en los mismos. Son autoridades de comprobación de las infracciones señaladas: la Policía Tutelar de la Minoridad, el Ministerio de la Producción y Empleo, las municipalidades y la Policía Bonaerense. La ley sanciona a quienes violen estas prohibiciones con severas multas y clausura del establecimiento.

Por su parte la Ley 11.825 prohibe la venta, expendio y suministro a cualquier título de bebidas alcohólicas a partir de las 23 horas y hasta las 8 horas de día siguiente. Sólo se hallan exceptuados los locales bailables, quienes deberán cesar la venta una hora antes del cierre. La venta, expendio o suministro, así como el depósito y exhibición de bebidas alcohólicas se encuentra prohibida en forma absoluta en kioscos, kioscos polirrubros, estaciones de servicios y sus anexos y la venta ambulante de las mismas.

El Decreto 490/98 prohibe la concurrencia simultanea de menores y mayores de 18 años en locales donde se expendan, suministren, depositen, vendan, exhiban, o consuman bebidas alcohólica.

Cualquier persona puede realizar la denuncia. El denunciante no contrae obligación que lo ligue al procedimiento, ni incurre en responsabilidad alguna -salvo manifiesta falsedad lo cual lo tornará pasible de la pena de multa prevista para el hecho denunciado. (Articulo 8º, 3er párrafo, Ley 11748 y Articulo 11º, 3er párrafo, Ley 11825)

La Denuncia puede ser realizada verbalmente o por escrito por ante cualquiera de las autoridades de comprobación de las infracciones y/o autoridad jurisdiccional competente, también existe en el ámbito de la Subsecretaría de Atención a las adicciones un 0800- 222- 5465.

Pese a la claridad de la normativa y a la gravedad del flagelo social que intenta atenuar, siempre el hilo se corta por lo mas delgado, cuanto mucho el accionar policial se limita a detener a jóvenes que en estado de ebriedad causan disturbios, pero nunca van por quienes le facilitan el acceso a las bebidas alcohólicas, por su parte el municipio mira para otro lado buscando argumentos para dilatar la intervención o para demostrar que la problemática no es de su competencia.

Hospital Larcade: un ejemplo de la crisis sanitaria de la Prov. de Buenos Aires

El partido de San Miguel cuenta con un Hospital General, con perfil materno infantil. El Hospital Dr. Larcade, de jurisdicción municipal, provee 190 camas disponibles para internación. También dispone de un hospital oftalmológico y uno de odontología inaugurados durante el año 2001. No existen otros nosocomios provinciales o nacionales aunque sí una red de centros de salud distribuida por el territorio. El más importante por su envergadura edilicia y de servicios es el Centro Materno Infantil Nro. 1 de Bella Vista, que comparte el edificio con el hospital odontológico.

La mayoría de estos servicios requieren de una contribución voluntaria para acceder con mayor rapidez a la prestación, otros directamente requieren del pago de un arancel ya que son servicios convenidos. El Sistema de salud en San Miguel, igual que en muchos distritos del conurbano, está perfectamente estratificado. Los sectores medios son atendidos por las obras sociales sindicales y las prepagas. Los sectores medios empobrecidos utilizan el servicio público, en particular el Centro Materno Infantil, el Hospital Larcade, el Hospital de Ojos y el Odontológico, accediendo por la “ventanilla de la contribución voluntaria”. Mientras los pobres acceden al servicio por los centros de salud, los que cuentan con servicios básicos gratuitos, mientras las prestaciones especializadas están convenidas, lo que implica el pago de arancel o la excepción vía servicio social con la consiguiente espera ya que los cupos son limitados.

Dado los obstáculos para acceder por el primer nivel y las limitaciones de la cobertura respecto de las prestaciones y la franja horaria de atención, muchos pacientes acceden al sistema por el Servicio de Guardia del Hospital Larcade. Lo cual en el marco de la reducción de personal y del retraso de casi tres meses en el pago de los reemplazos de guardia hace que ésta colapse frecuentemente. Son pocos los médicos que quieren hacer reemplazos en el Hospital Larcade. Las prestaciones por consultorios externos tienen serias dificultades, ocasionando demoras en la asignación de turnos de más de treinta días, en algunas especialidades.
En los últimos siete años se redujeron 530 horas de Pediatría, y más de 500 de Clínica Médica. En los últimos tres años se redujo la atención de Obstetricia en 250 horas. Se cerraron los Servicios de Cirugía Vascular, Plástica, Odontología Infantil y Endocrinología. Mientras el Servicio de Salud Mental redujo su plantel profesional de 16 a 3 profesionales y algunos concurrentes, y en Gastroenterología se redujo el plantel en un 60%.

Las operaciones programadas son suspendidas periódicamente por cierre parcial del quirófano, falta de recursos humanos (cirujanos , anestesistas), o por falta de insumos.

Por otra parte el 30% de los trabajadores cobran sus remuneraciones en negro, sin aguinaldo, sin vacaciones, mientras los profesionales cobran casi el 50% menos que en los hospitales provinciales.
El colapso del Hospital Larcade no es casual, es consecuencia de una política sanitaria que tiene como estrategia la atención hospitalaria y como objeto la enfermedad. Esta concepción sanitaria puede ser viable a un alto costo económico y humano en países ricos; en el nuestro, y en particular en los municipios del segundo cordón del Conurbano se transforma en una tragedia para la población y para los trabajadores de la salud. Dicha concepción en nuestros municipios se expresa en una intervención centrada en la emergencia, en un contexto ausente de insumos y medicamentos, con una infraestructura hospitalaria deteriorada, con equipos obsoletos o inexistentes, y con un nivel de atención primario deficitario.

En la práctica el sistema de salud es asumido como un gasto con poca visibilidad pública, esta forma de gestionar en materia de salud publica encierran la negación del derecho a la salud .